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¿Cuál es el tipo de consultas que se atienden?

La Asesoría Jurídica tramita las consultas de autoridades institucionales que se refieran a dudas sobre temas jurídicos, relacionados con el análisis y la explicación de los alcances de las leyes, reglamentos, acuerdos y otras disposiciones. Se trata de una función asesora que, por naturaleza, es previa a la toma de decisiones concretas por parte de la Administración.

¿Cual es la naturaleza de los criterios que se emitan?

El criterio de la Asesoría es eminentemente un elemento informador e interpretativo. No se trata de opiniones vinculantes.

¿Quienes pueden efectuar las consultas?

Por la naturaleza de sus funciones, la Asesoría Jurídica está en posibilidad de atender consultas en relación con los procesos de toma de decisión que le corresponde a las autoridades universitarias, tales como:

  • Asamblea de Representantes: Directorio y personal administrativo de apoyo

  • Consejo Universitario: el Plenario, coordinación de las comisiones, Secretaría del Consejo.

  • Rectoría: Titular de la Rectoría, Dirección Ejecutiva, personal profesional.

  • Rectoría Adjunta: Titular de la Rectoría, Dirección Ejecutiva, personal profesional encargado de procesos..
  • Contraloría Universitaria: Titular de la Contraloría y subcontralores, auditores.

  • Órganos colegiados: acuerdo del plenario, presidencia.

  • Vicerrectorías: Vicerrector, Direcciones Ejecutivas, personal profesional encargado de procesos.

  • Decanatos: decano y vicedecano, direcciones administrativas

  • Direcciones de unidad académica: director, subdirector y asistentes administrativos.

  • Direcciones de unidad administrativa y paracadémica: director o jefe, asistente administrativo.

  • Coordinadores y responsables de actividades de docencia, investigación, extensión y producción.

  • Responsables de actividades de vinculación externa y de cooperación internacional.

No es posible atender asuntos que son de carácter personal o de interés particular, que sin bien podrían estar relacionados con la institución, no corresponden a su asunto relativos al ejercicio de las funciones públicas del servidor.

¿Cuáles son las formalidades para hacer la consulta?

Las consultas pueden plantearse por alguna de las siguientes modalidades:

a) consultas impresas.

b) consultas por correo electrónico

Las consultas impresas deben indicar número de oficio y estar firmadas por la autoridad respectiva. Se debe acompañar toda la información de referencia que sea necesaria para ubicar el contexto de la consulta y proporcione elementos de estudio que se relacionan directamente con las dudas, que se plantean. Asimismo, debe existir una o varias preguntas específicas que se tengan en relación con los aspectos jurídicos. Las preguntas deben ser planteadas de manera clara y precisa, con el fin de poder identificar cuáles son los puntos de interés de la consulta. Por lo tanto, no es posible tramitar consultas en las que únicamente “se pide criterio respectivo” sobre algún punto, sin plantear interrogantes jurídicas puntuales. Si las dudas se refieren a un caso concreto, se debe remitir copia del expediente completo sobre el asunto.

Las consultas por correo electrónico se deben enviar al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..   igualmente se debe incluir toda la información de referencia que sea necesaria para ubicar el contexto de la consulta y proporcione elementos de estudio que se relacionan directamente con las dudas, que se plantean.

Asimismo, debe existir una o varias preguntas específicas que se tengan en relación con los aspectos jurídicos. Las preguntas deben ser planteadas de manera clara y precisa, con el fin de poder identificar cuáles son los puntos de interés de la consulta. Por lo tanto, no es posible tramitar consultas en las que únicamente “se pide criterio respectivo” sobre algún punto, sin plantear interrogantes jurídicas puntuales.

Si las dudas se refieren a un caso concreto, se debe remitir copia del expediente completo sobre el asunto.

Los documentos respectivos se pueden incluir mediante archivos digitales en versión pdf o por medios impresos.

¿Se atienden consultas telefónicas o por otros medios?

Las consultas telefónicas están previstas para la atención de dudas generales sobre la existencia de normas que se relacionen con un asunto específico o sobre la aplicación e interpretación general de disposiciones normativas. Por la índole de la situación, no es posible atender casos específicos que requieren de la revisión de documentos o la realización de una investigación.

Asimismo, se ha habilitado la atención por plataformas virtuales como Meet y Teams, para lo cual se requiere una cita previa.

¿Es posible atender consultas mediante la celebración de una reunión?

La Asesoría Jurídica atiende consultas verbales en reuniones de trabajo, pero es necesario coordinar una cita con el abogado responsable de la atención del caso. A cada persona que solicite la celebración de una reunión, se le indicará la fecha y la hora en que será atendido. Al igual que en los otros casos, se debe presentar en la reunión, toda la información de referencia que sea necesaria para ubicar el contexto de la consulta y proporcione elementos de estudio que se relacionan directamente con las dudas, que se plantean.

De igual manera, en la reunión se deberán plantear una o varias preguntas específicas que se tengan en relación con los aspectos jurídicos. Las preguntas deben ser planteadas de manera clara y precisa, con el fin de poder identificar cuáles son los puntos de interés de la consulta. Si las dudas se refieren a un caso concreto, se debe presentar copia del expediente completo sobre el asunto.

Los documentos respectivos se pueden incluir mediante archivos digitales en versión pdf o por medios impresos.

La atención de reuniones también comprenderá también la participación en comisiones y en sesiones de los órganos colegiados y en reuniones con autoridades universitarias, comparecencias y procedimientos disciplinarios.

¿Quienes son los responsables de atender las consultas?

Las consultas por escrito, sean por medios impresos o electrónicos, son atendidas por el equipo de trabajo responsable de este proceso.

  • Bernal Saborío Valverde.

  • César Sánchez Badilla

  • Ada Cartín Brenes

  • Ana Beatriz Hernández González
  • Guiselle Chaves Solera.

  • Karla Sánchez Benavides

  • Sussy Arias Hernández.

 

Las consultas telefónicas se atienden según un rol establecido por la Asesoría Jurídica. La atención de reuniones se realizará igualmente según los roles de trabajo establecidos por la oficina, salvo en el caso de reuniones de comisiones y órganos que tienen fecha predefinida de reunión.